Guía · parte de viajeros

Parte de viajeros y SES.Hospedajes: qué obliga el RD 933/2021 y cómo cumplirlo sin teclear

Desde 2023, cada huésped que entra en un alojamiento turístico de España, también en una vivienda vacacional o una casa rural de Canarias, hay que comunicarlo al Ministerio del Interior antes de 24 horas a través de SES.Hospedajes, y guardar sus datos tres años. Esta guía explica qué hay que registrar, qué pasa si no se hace y cómo automatizarlo.

Por Sergio, Soluciones Web Canarias·Actualizado el ·8 min de lectura

En resumen: el Real Decreto 933/2021 obliga a hoteles, apartamentos turísticos, viviendas vacacionales, casas rurales, campings y empresas de alquiler de vehículos a registrar a cada cliente, comunicar sus datos a SES.Hospedajes en un máximo de 24 horas y conservarlos tres años. Comunicar fuera de plazo es infracción leve (100 a 600 €); no registrar u omitir datos es grave (601 a 30.000 €).

A quién obliga

A cualquier persona física o jurídica que ejerza actividad de hospedaje, con o sin ánimo de lucro, de forma profesional u ocasional: hoteles, hostales, pensiones, apartamentos turísticos, viviendas vacacionales, casas rurales, albergues, campings y también a las plataformas intermediarias. Y, en un capítulo aparte, a las empresas de alquiler de vehículos a motor sin conductor.

En Canarias, donde una parte enorme de las plazas turísticas son viviendas vacacionales gestionadas por particulares o pequeñas gestoras, esto significa que el propietario de una sola casa tiene exactamente la misma obligación que un hotel de 300 habitaciones.

Qué datos hay que registrar

Del alojamiento y de la operación: fecha y hora de entrada y de salida, número de personas, y datos del contrato y del pago. De cada viajero mayor de 14 años:

  • Nombre y apellidos, sexo y fecha de nacimiento
  • Tipo y número de documento de identidad, nacionalidad y país de expedición
  • Dirección de residencia habitual (calle, localidad, país)
  • Teléfono o correo electrónico
  • Parentesco, si viajan menores con él

Además, el alojamiento debe pedir el documento de identidad y guardar constancia de haberlo comprobado. Con una familia de cuatro, son cuatro fichas completas por cada entrada.

El plazo de 24 horas y los tres años

La comunicación a SES.Hospedajes hay que hacerla en el momento de la entrada o, como máximo, en las 24 horas siguientes. Con varios alojamientos y entradas casi diarias, eso significa comunicar todos los días, también los domingos y las madrugadas.

Los datos hay que conservarlos tres años desde la fecha de la comunicación, a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Y, como son datos personales, en cuanto vence ese plazo hay que borrarlos: guardarlos más tiempo también es un incumplimiento, esta vez de protección de datos.

Las sanciones, en cifras

El régimen sancionador es el de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana:

Qué se incumpleTipoMulta
Comunicar fuera del plazo de 24 horasLeve100 a 600 €
No llevar el registro, o no comunicar los datosGrave601 a 30.000 €
Datos incompletos o incorrectos de forma reiteradaGrave601 a 30.000 €

Cada entrada sin comunicar es una infracción. Un mes de olvidos en un alojamiento con entradas cada dos días no es una multa: son quince.

Cómo cumplirlo sin teclear DNIs cada noche

Hay tres formas de hacerlo. A mano en la web de SES.Hospedajes: gratis, y perfectamente válido si tiene un alojamiento y pocas entradas; con varios, es una hora diaria. Con un canal manager o PMS que incluya el envío: funciona si ya lo paga y si sus alojamientos están todos dentro. O con un check-in online propio: el huésped recibe un enlace antes de llegar, hace una foto del documento (los datos se leen solos), revisa y firma; el parte queda hecho y se comunica en plazo; usted ve cada mañana qué entradas están en verde y cuáles no.

La tercera es la que quita el trabajo de en medio y, de paso, resuelve lo demás: el huésped llega con el código de la puerta activo, firma las normas de la casa antes de entrar y limpieza sabe qué sale y qué entra. Puede verlo con datos de ejemplo en la demostración abierta o en la página de la app de check-in y parte de viajeros.

Y en Canarias, además

El parte de viajeros es una obligación estatal y no depende de la normativa turística de cada comunidad. En Canarias se suma a la inscripción de la vivienda en el Registro General Turístico y a la nueva Ley de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas (BOC de 12 de diciembre de 2025), que regula dónde y cómo se puede destinar una vivienda al alquiler vacacional. Son obligaciones distintas: tener la vivienda en regla no exime del parte, y hacer el parte no legaliza la vivienda.

Preguntas frecuentes sobre el parte de viajeros

¿Una vivienda vacacional de un particular tiene que hacer el parte de viajeros?

Sí. El Real Decreto 933/2021 obliga a cualquier persona que ejerza actividad de hospedaje, sea profesional u ocasional. Un particular con una sola vivienda vacacional tiene la misma obligación que un hotel.

¿Cuánto tiempo tengo para comunicar cada huésped a SES.Hospedajes?

Un máximo de 24 horas desde la entrada. La comunicación se hace a través de la plataforma SES.Hospedajes del Ministerio del Interior, a mano en su web, por fichero o a través de un sistema conectado.

¿Qué multa hay por no hacer el parte de viajeros?

Comunicar fuera de plazo es infracción leve, de 100 a 600 euros. No llevar el registro o no comunicar los datos es infracción grave, de 601 a 30.000 euros, según la Ley Orgánica 4/2015. Cada entrada sin comunicar cuenta como una infracción.

¿Hay que registrar a los niños?

Hay que registrar a todos los viajeros. Los datos completos se piden a los mayores de 14 años; de los menores se registra su relación con el adulto que los acompaña.

¿Cuánto tiempo hay que guardar los datos?

Tres años desde la comunicación. Pasado ese plazo deben borrarse, porque son datos personales y conservarlos sin motivo es un incumplimiento de protección de datos.

Booking o Airbnb ya tienen los datos del huésped. ¿No lo comunican ellos?

No. Las plataformas tienen sus propias obligaciones de información, pero el parte de viajeros con los datos del documento de identidad es responsabilidad del alojamiento. Lo que la plataforma le manda como datos de reserva no sustituye al parte.

¿Se puede hacer el check-in del huésped a distancia?

Sí. El huésped puede aportar sus datos y la imagen de su documento por medios telemáticos antes de llegar, y el alojamiento comprueba la identidad a la llegada. Es la forma de que el parte esté hecho antes de abrir la puerta.

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Sergio · Soluciones Web Canarias

Desarrollador de software a medida en Tenerife. Construye y mantiene las aplicaciones que usan a diario la Cooperativa de Taxis de Adeje (208 socios), los restaurantes Atelier 78 y Kalea Grill (StockCore) y Nova Rent a Car. Más sobre Sergio →

Dígame cuántos alojamientos o plazas gestiona y le digo lo que le saldría al mes.

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